INSTITUCIONES PARA LA DIFUSIÓN DE LA MEDIACIÓN (IDM) agrupa a las principales instituciones de mediación con sede en Madrid con el objetivo de la promover, fomentar y difundir en la sociedad los métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC) y, en particular, la MEDIACIÓN.
IDM agrupa en la actualidad a las siguientes instituciones de mediación:
La mediación es un método basado en técnicas especializadas de negociación que permite la resolución de conflictos de manera pacífica, a través del diálogo entre las partes, donde el mediador como tercero neutral las acompaña para que ellas mismas, como protagonistas, encuentren las soluciones más beneficiosas.
La mediación es una alternativa para resolver conflictos que asegura un resultado satisfactorio para ambas partes y permite mantener las relaciones entre las partes. Sus características principales son la voluntariedad de las partes, y la confidencialidad del proceso.
Tiene su aplicación en todo tipo de controversias, tanto en el ámbito mercantil, civil o laboral.
Permite a las partes ser protagonista, valorar el momento, el entorno y las necesidades de quien acude a ella.
Hace posible conseguir con la ayuda del Mediador, soluciones en el tiempo y con la rapidez que requieren los solicitantes.
Restablece la comunicación bloqueada o rota entre las partes, permite continuar las relaciones con la posibilidad de prevenir conflictos de futuro.
El protagonismo y el control del proceso es de las partes . Los acuerdos adoptados tienen la misma validez en caso de incumplimiento que cualquier resolución judicial.
La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos en el que las partes o personas implicadas, con la intervención de un mediador, buscan de forma colaborativa el acuerdo más positivo para ellas.
El mediador actúa como facilitador de la comunicación, haciendo que las partes puedan comunicarse entre sí, expresando sus intereses, necesidades, expectativas y emociones con el objetivo de llegar a acuerdos consensuados.
La mediación tiene las siguientes ventajas:
En general, en conflictos en que las partes no han conseguido llegar a un acuerdo, bien porque la comunicación está bloqueada o porque se ha agotado la vía de negociación. Con la mediación podemos evitar acudir a juicio o incluso paralizar el proceso judicial si ya se ha dado inicio.
Los conflictos más habituales tratados en mediación son: mediación en el ámbito de familia, herencias, incumplimientos contractuales, conflictos sobre construcción, conflictos en el ámbito de las empresas y organizaciones, conflictos vecinales y comunitarios, etc.
La mediación puede ser solicitada por cualquier entidad o persona mayor de edad que desee encontrar una solución consensuada y dialogada a un conflicto.
La mediación puede ser solicitada, de forma voluntaria y de común acuerdo, por las partes implicadas en la controversia. Por otro lado, cualquier persona o entidad podrá invitar a otra u otras partes a iniciar un proceso de mediación.
Los mediadores son profesionales especializados que facilitan la comunicación entre las personas que acuden a un proceso de mediación, procurando un proceso equilibrado entre las partes desde la neutralidad y la imparcialidad.
Cada proceso de mediación tendrá una duración de acuerdo al objeto de la controversia y la capacidad de las partes para llegar a acuerdos, por lo que no hay un plazo determinado de duración. Aunque no se puede generalizar, la experiencia indica que la mayoría de las mediaciones suelen finalizar en pocas sesiones.
La mediación es un proceso regulado y sigue unos pasos determinados para la consecución de sus fines:
Los acuerdos de mediación tienen garantía legal. Son equivalentes a un contrato privado y tienen efectos vinculantes entre las partes.
Asimismo, los acuerdos de mediación pueden ser elevados a escritura pública ante notario para dotarles de carácter ejecutivo.